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Que puedo hacer para justificar mi tramite de compra de arma?

¿Qué puedo hacer para justificar mi trámite de compra de arma?

Mi trámite de compra de arma está en anomalías por aparecerme en el sistema más de 10 armas registradas ¿qué puedo hacer para justificar las que ya no tengo? Debe presentar un escrito donde pida se continúe con su trámite de compra de arma anexando copias fotostáticas de las bajas de las armas que ya no tiene.

¿Quién podrá poseer las armas de fuego en su domicilio?

Las personas podrán poseer armas de fuego de las permitidas en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos en su domicilio, es decir, en el lugar donde las personas tienen su residencia permanente para sí y para sus familias. La posesión de armas en el domicilio deberá manifestarse ante la Secretaría de la Defensa Nacional ( SEDENA)

¿Qué necesita una persona civil para adquirir un arma de fuego?

¿Qué necesita una persona civil para adquirir en México legalmente un arma de fuego? La persona que desea adquirir un arma de fuego deberá contar con un Permiso Extraordinario para la Adquisición de Arma de Fuego vigente, otorgado por la Secretaría de la Defensa Nacional.

¿Quién puede hacer el trámite de armas de fuego?

La persona que puede hacer el trámite es el familiar más cercano esposa (o), hijo (a). Mayor de 18 años, padre o hermano (a). Presentarse en el módulo del registro federal de armas de fuego más cercano a su domicilio, con el arma descargada envuelta o en su funda.

¿Cómo realizar el trámite de permiso de adquisición de arma de fuego?

Debe realizar el trámite de permiso extraordinario de adquisición de arma de fuego, ante la Dirección General del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos, entregando inicialmente el formato de solicitud llenado a máquina y anexando los documentos que en el mismo se señalan.

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