Que es una licencia FMLA?
¿Qué es una licencia FMLA?
La FMLA otorga a los trabajadores el derecho de tomar licencia laboral por ciertas razones de familia o médicas. Esta licencia generalmente no se paga, pero los empleadores pueden elegir pagar un porcentaje del salario.
¿Qué es una licencia familiar?
La licencia por calamidad doméstica aplica cuando es un familiar del trabajador el que se accidenta o enferma, o cuando ocurre una tragedia en su casa como el incendio, el robo, etc.
¿Cuál es la licencia de trabajo?
Son aquellos permisos otorgados al personal para ausentarse legalmente de sus labores por un tiempo determinado, a solicitud de los trabajadores o por dictamen médico del ISSSTE; pudiendo ser con goce de sueldo, medio sueldo o sin goce de sueldo.
¿Cuántos días me corresponden por cuidado de familiar?
Nacimiento de hijo, hija: 2 días corridos. Matrimonio: 10 días corridos. Fallecimiento de esposo, esposa, concubino, concubina, hijos, hijas o padres: 3 días corridos. Por fallecimiento de hermano, hermana: 1 día.
¿Cómo sacar licencia por familiar enfermo?
¿Cómo solicito una licencia por atención de familiar enfermo?
- Recordá que la solicitud debe estar acompañada del certificado médico donde se indica el diagnóstico y la cantidad de días.
- Abrí la APP.
- Ingresá tu CUIL y tu CLAVE.
- Hacé click en la opción Mis Licencias.
- Hacé click en el “+”
- Ingresá el día de inicio.
¿Cuántos días me corresponden por familiar enfermo?
Enfermedad de familiar: Licencia de hasta 30 días anuales sin goce de sueldo por enfermedad de cónyuge, padres o hijos que requiera necesariamente la asistencia del potencial licenciado, que deberá estar comprobada mediante certificado médico.
¿Cuántos días corresponden por familiar enfermo?
1. Personal titular: se le concederá al agente hasta un máximo de veinte (20) días corridos, continuos o alternados, por año calendario con goce íntegro de haberes. Esta licencia podrá ampliarse en treinta (30) días corridos más, sin goce de haberes.
¿Qué son las licencias especiales y cuáles son?
Además de las vacaciones, la ley habla de licencias especiales. Son aquellas que refieren a días particulares que podés gozar en función del evento ocurrido. Por fallecimiento de esposa/ concubina, hijos y padres: 3 días corridos. Por fallecimiento de hermano: 1 día.