Por que una persona va a la carcel?
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¿Por qué una persona va a la cárcel?
El objetivo de las prisiones o cárceles varía según las épocas y, sobre todo, las sociedades. Proteger a la sociedad de los elementos peligrosos. Disuadir a quienes pretenden cometer actos contrarios a la ley. Reeducar al detenido para su reinserción en la sociedad.
¿Qué función cumple la cárcel?
La cárcel tiene dos funciones: la disuasión, para inducir a no cometer delitos y la rehabilita- ción y reinsersión de presos a la sociedad. Sin embargo, la cárcel perfecciona y reproduce la violencia –como capital social negativo- bajo la llamada “universidad del delito”.
¿Qué es la sociedad disciplinaria de Michel Foucault?
Foucault analiza los discursos y prácticas como formas de poder en la sociedad disciplinaria, los cuales configuran una individualidad determinada: el cuerpo dócil. Tras la Segunda Guerra Mundial, nuevas modalidades de poder dan lugar a la sociedad de control, conformando una individualidad autogobernada.
¿Qué es el castigo en las cárceles?
Foucault nos explica que las cárceles son una consecuencia de la reformas ocurridas en los sistemas penales, que antes reposaban directamente en los castigos físicos. En el siglo XVIII se sientan las bases del castigo: debe ser proporcional a la falta, individual, inmediato; debe causar el temor en la población.
¿Es la cárcel la mejor forma de castigar a criminales?
Increíblemente, a pesar de todas las críticas al sistema penitenciario, rara es la persona que se cuestiona si la cárcel debiese existir. Para muchos la cárcel representa la mejor forma para castigar a criminales, para otros esta institución es inevitable.
¿Cuál es la base del castigo?
En el siglo XVIII se sientan las bases del castigo: debe ser proporcional a la falta, individual, inmediato; debe causar el temor en la población. El objetivo es ya no castigar únicamente al culpable de un delito, sino de disuadir al que planea cometerlo.
¿Por qué piden la erradicación de la cárcel?
No piden la erradicación de la cárcel -al menos no abiertamente-, sino que exigen el cuidado de las garantías de los imputados. La particularidad del garantismo es que invierte la lógica del derecho penal. Desde su punto de vista, no está para regular qué se puede hacer y qué no, y cómo castigar a aquellos que infringen la ley.