FAQ

Cuanto es el impuesto por transferencia de inmuebles?

¿Cuánto es el impuesto por transferencia de inmuebles?

El Impuesto de Transferencia de inmuebles es un Tres por ciento (3%) del valor asignado a la propiedad por el Estado Dominicano. La Dirección General de Impuestos Internos DGII, mediante una valuación o inspección al inmueble, le asigna un precio al bien.

¿Quién debe pagar el ICIO?

¿Quién debe pagarlo? El ICIO debe ser pagado, a título de contribuyentes, por las personas propietarias de la construcción, instalación u obra, sean o no propietarios del inmueble sobre el que se lleve a cabo.

¿Qué es impuesto por transferencia?

Es un impuesto que se aplica sobre el valor de los cheques de cualquier naturaleza pagados por las entidades de intermediación financiera, sobre los pagos realizados a través de transferencias electrónicas, y sobre las transferencias por concepto de pagos a la cuenta de terceros en un mismo banco.

¿Qué es la transferencia inmobiliaria?

Una transferencia inmobiliaria se define como el registro de un bien inmueble, a favor de su comprador.

¿Qué es el impuesto sobre bienes inmuebles?

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles grava el valor de las propiedades en función de su clasificación catastral. Su cobro está a cargo del Ayuntamiento, quien también determina una parte del valor del impuesto. Se trata de una de las fuentes de ingresos más importantes de los municipios.

¿Cómo pagar el impuesto sobre inmuebles?

Ya sea un terreno rústico o una vivienda en un centro urbano. El impuesto sobre bienes inmuebles se debe pagar en el mismo momento que se formaliza mediante contrato el traspaso del terreno, casa o departamento que se está adquiriendo. El responsable de pagarlo, como es obvio, es el que está adquiriendo ese bien inmueble.

¿Cómo se clasifican los bienes inmuebles?

Los bienes inmuebles se pueden clasificar catastralmente en urbanos, rústicos y de características especiales A cada bien inmueble se le asigna como identificador una referencia catastral que es un código alfanumérico que lo sitúa inequívocamente en la cartografía oficial del Catastro.

¿Qué son los bienes inmuebles a efectos del IBI?

Los distintos bienes inmuebles a los efectos del IBI se clasifican y definen en el Real Decreto Legislativo 1/2004 del Catastro Inmobiliario. Hemos de distinguir entre bienes inmuebles urbanos, rústicos y de características especiales. Bienes inmuebles rústicos y urbanos