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Cuales son los principales efectos de la compensacion?

¿Cuáles son los principales efectos de la compensación?

3. – EFECTO El efecto de la compensación es la extinción o liquidación de las deudas recíprocamente homogéneas en la cantidad concurrente, aunque no tengan conocimiento de ella los acreedores y deudores. La “cantidad concurrente” es el montante mínimo de cosas fungibles homogéneas de cifra dineraria de las deudas.

¿Qué es la compensación CC?

1195 ,Código Civil define el pago por compensación como aquella situación en la que dos personas son simultánea y recíprocamente deudoras y acreedoras la una de la otra. 1º Que cada uno de los obligados lo esté principalmente, y sea a la vez acreedor principal (no accesorio) del otro.

¿Qué es la compensación convencional?

Compensación convencional es el convenio que celebran los deudores y acreedores recíprocos para hacer compensables dos créditos que legalmente no lo son, ya sea porque carecen de los requisitos legales que son necesarios para la compensación legal, o bien porque son créditos en los que no tiene lugar dicha compensación …

¿Cuándo es improcedente la compensación?

Cuando alguna de las deudas toma su origen en el fallo condenatorio por causa del despojo; pues entonces el que obtuvo aquél a su favor deberá ser pagado, aunque el despojante le oponga la compensación. Deudas por alimentos. Deudas cuyo origen es una renta vitalicia.

¿Qué pasa si no se presenta el aviso de compensación?

En este sentido, si no se presenta el indicado aviso, aun cuando se haya exhibido ante la autoridad fiscal la declaración por medio de la cual se compensan cantida- des a favor contra las que el contribuyente estaba obligado a pagar por adeudo propio o por retención a terceros, la compensación será improcedente.

¿Qué es la excepción de compensación?

Qué es el pago por compensación. En un proceso civil donde las partes del proceso tienen obligaciones mutuas, estas podrán compensarse por ministerio de la ley (excepción por compensación) si se cumplen los requisitos señalados en el artículo 1715, que son: Las dos partes deben ser recíprocamente deudoras.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar el aviso de compensación?

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De esta manera, tenemos un plazo de 5 días tras realizar la compensación, o bien de acuerdo al sexto dígito numérico de la clave del RFC de conformidad con el siguiente listado, para presentar el aviso de compensación: 1 y 2: Sexto y Séptimo día hábil siguiente. 3 y 4: Octavo y Noveno día hábil siguiente.

¿Cuándo se presenta aviso de compensación 2021?

A PARTIR DEL MES DE FEBRERO DE 2021, CON LA ACTUALIZACIÓN DEL SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS(DYP) DEL PORTAL DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, LOS CONTRIBUYENTES PUEDEN PRESENTAR LA COMPENSACIÓN DE CANTIDADES A FAVOR POR CONCEPTO DE PAGO DE INDEBIDO DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Y DEL ISR RETENCIONES.

¿Qué es la compensación?

De acuerdo con una doctrina brasileña, la compensación es un medio de pago mediante el cual la obligación del deudor en relación al acreedor se extingue según el valor de otra obligación debida por el mismo acreedor al mismo deudor. Esta extinción ocurre hasta que los débitos respectivos sean iguales.

¿Por qué se extingue la compensación?

Por la compensación se extinguen las obligaciones recíprocas, líquidas, exigibles y de prestaciones fungibles y homogéneas, hasta donde respectivamente alcancen, desde que hayan sido opuestas la una a la otra. La compensación no opera cuando el acreedor y el deudor la excluyen de común acuerdo.

¿Qué es la compensación en el derecho comparado?

La compensación en el derecho comparado De acuerdo con el artículo 1288 del Código Civil (en adelante CC): Por la compensación se extinguen las obligaciones recíprocas, líquidas, exigibles y de prestaciones fungibles y homogéneas, hasta donde respectivamente alcancen, desde que hayan sido opuestas la una a la otra.

¿Qué es la compensación en el fondo?

Como puede observarse, la compensación viene a ser en el fondo un pago doble abreviado. En el ejemplo Juan le paga a Pedro y éste a Juan, sin necesidad de que se realicen traslaciones de dinero. (Escobar Fornos, 1997, p. 470)