Pautas

Cuales son los derechos en la comunidad?

¿Cuáles son los derechos en la comunidad?

Derechos de los Pueblos y comunidades Indígenas

  • Derecho a la igualdad.
  • Derecho a la identidad social y cultural.
  • Derecho al desarrollo.
  • Derecho a la tierra y a la utilización de sus recursos.
  • Derecho a la educación.

¿Cuáles son los derechos humanos que hacen falta en tu comunidad?

Derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo;

  • Derecho de prioridad;
  • Derecho a la identidad;
  • Derecho a vivir en familia;
  • Derecho a la igualdad sustantiva;
  • Derecho a no ser discriminado;
  • Derecho a vivir en condiciones de bienestar y a un sano desarrollo integral;
  • ¿Cuáles son los derechos de los propietarios?

    Repasando la LPH actualizada en junio de 2013, encontramos casi tantos derechos como artículos: hasta 15 distintos que, en su contenido vigente, se reconocen a los propietarios. En un primer grupo de derechos de los propietarios, relacionados con el uso del edificio, podemos enumerar los siguientes:

    ¿Qué derechos tienen los propietarios de los elementos comunes?

    5) Los propietarios están obligados a permitir en su propiedad las servidumbres requeridas para la realización de obras en los elementos comunes, y por ello tienen el derecho de resarcimiento de los daños y perjuicios que pudieran causarse por alguna obra comunitaria, conforme al artículo 9.1.c.

    ¿Qué derechos tienen los propietarios de las Juntas de comunidad?

    13) A todos los propietarios, asistentes o no a las Juntas, les corresponde el derecho a recibir las actas de las Juntas de comunidad, en los plazos y domicilio que fija el artículo 19. Y aún queda otro par de derechos de los propietarios, reconocidos por la LPH vigente a todos los comuneros:

    ¿Cuál es el derecho de los propietarios a convocar una junta extraordinaria?

    9) Relacionado con éste, los propietarios pueden utilizar su derecho a convocar, junto con otros propietarios que representen conjuntamente al menos el 25%, una Junta extraordinaria de la comunidad ( artículo 16 ).