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Como acogerse al Redeme?

¿Cómo acogerse al Redeme?

Para poder acogerse al REDEME, solo hay que cumplir los siguientes requisitos: No tributar en el régimen simplificado del IVA. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias. No haber sido excluidos del Registro en los tres años anteriores a la solicitud del alta.

¿Cuál es el domicilio a efectos fiscales?

El domicilio fiscal es el lugar de localización del obligado tributario en sus relaciones con la Administración tributaria. Para las personas físicas, el domicilio fiscal será el lugar donde tenga su residencia habitual.

¿Qué libros son obligatorios según el impuesto de la renta de las personas físicas?

Profesionales en estimación directa (en cualquiera de sus modalidades)

  • Libro registro de ingresos.
  • Libro registro de gastos.
  • Libro registro de bienes de inversión.
  • Libro registro de provisiones de fondos y suplidos.

¿Cuándo inscribirse en el Redeme?

¿Cuándo inscribirse en la autoliquidación del IVA mensual? Para darte de alta en el REDEME, debes hacerlo en noviembre del año anterior al de su aplicación.

¿Cuándo se puede solicitar el Redeme?

El plazo ordinario para solicitar la inscripción en el REDEME es el mes de noviembre de cada año. No obstante, también se puede optar por el régimen durante el plazo de presentación de las autoliquidaciones.

¿Qué libros tiene que llevar un autonomo?

Los autónomos dados de alta en estimación directa simplificada, deberán llevar tres libros contables. En este caso, son el Libro de ventas e ingresos, el Libro de cuentas y gastos y el Libro de bienes de inversión.

¿Qué libros hay que llevar en modulos?

En el régimen de estimación objetiva o módulos, serán los libros registro de ventas e ingresos y bienes de inversión.

¿Quién puede inscribirse en el Redeme?

Aunque el Redeme está abierto a cualquier autónomo o pyme, se deben cumplir ciertos requisitos: No estar registrado en el régimen simplificado de IVA. Estar al día de todas las obligaciones fiscales. No haber estado excluido del Redeme en los tres últimos años.

¿Quién se puede inscribir en el Redeme?

¿Quién puede darse de alta en REDEME?

  • No tributar en el régimen simplificado del IVA.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias.
  • No haber sido excluidos del Registro en los tres años anteriores a la solicitud del alta.