FAQ

Como se usa el bis?

¿Cómo se usa el bis?

bis ‘dos veces’.

  1. m. En un concierto o en un espectáculo teatral , pieza o fragmento , a veces repetición de algo interpretado antes , que se ofrece fuera de programa para responder a los aplausos o a la petición del público .
  2. adj. U.
  3. adv. U.
  4. interj. U.

¿Qué significa bis en un contrato?

Indica que una cosa está repetida o debe repetirse.

¿Qué es una persona vis?

Capacidad de una persona , especialmente de un actor , para hacer reír .

¿Cómo se escribe vis a vis?

Se desaconseja la grafía con guion vis-a-vis, aunque sea frecuente en el original francés. No es correcta su escritura con b ( bis a bis), fruto del cruce con bis (‘dos veces’; → bis).

¿Cómo colocar sensor BIS?

Colocar el sensor en la frente del paciente siguiendo las instrucciones del envase:

  1. Electrodo 1: en línea media frontal, 5 cm por encima del puente de la nariz.
  2. Electrodo 2 (toma de tierra): correlativo al electrodo 1.
  3. Electrodo 4: en la zona externa del arco superciliar, por encima/junto a la terminación de la ceja.

¿Qué significa el BIS después de un número?

El adverbio numeral que indica que algo se repite dos veces es bis; ter cuando se repite tres veces y quater para señalar que la repetición es cuatro.

¿Qué es el BIS en una dirección?

Senior Member. Lo del «bis» se usa para cuando se abre una segunda puerta en la que era una misma propiedad, se construyen dos donde había una, o algo parecido, para evitar renumerar toda la vía.

¿Qué es imbricación sinonimos?

Poner justo una cosa con otra. Conformar. Apretar. Arreglar.

¿Qué significa vis o bis?

Vis a vis, con uve y sin guiones (no bis a bis ni vis-a-vis), es la forma adecuada para referirse en general a un encuentro cara a cara, sin intermediarios, y más específicamente a los que se permite mantener a los presos en la cárcel.

¿Qué es vis a vis en derecho?

Concretamente, el derecho a la comunicación íntima o familiar, también conocida como “vis a vis”, se encuentra recogido en el artículo 45 del Reglamento Penitenciario y regula el derecho que tiene la persona privada de libertad a recibir y mantener comunicaciones íntimas o visitas de allegados y familiares.