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Que derecho tienen las parejas de hecho?

¿Qué derecho tienen las parejas de hecho?

Las parejas de hecho tienen exactamente los mismos derechos y obligaciones que los matrimonios en todo lo relacionado con guarda y custodia, visitas, pensión alimenticia, etc.

¿Qué derechos y obligaciones tienen las parejas de hecho?

Derechos que se tienen como pareja de hecho

  • Derecho a adoptar.
  • Permisos retribuidos.
  • Relación con los hijos en común.
  • Derechos sobre la vivienda en alquiler.
  • Impuesto de Sucesiones.
  • Derecho a pensión de viudedad.
  • Derecho a herencia.
  • Derecho a tributación conjunta del IRPF.

¿Cómo funciona la pareja de hecho en España?

En España no existe la pareja de hecho como estado civil. Se puede acceder al matrimonio pero estar registrado con otra persona como pareja de hecho. No está contemplado en ley alguna que el Registro Civil y los registros de parejas de hecho, intercambie información.

¿Dónde se regula la pensión alimenticia?

¿Dónde se regula la pensión alimenticia? La pensión alimenticia está definida en el artículo 142 del Código Civil.

¿Cómo se lleva a cabo el delito de pensión de alimentos?

Se considera que se lleva a cabo este delito cuando ya no se paga la pensión de alimentos o la compensatoria durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos. Este delito puede ser castigado con pena de prisión de tres meses a un año o con una multa de seis a 24 meses.

¿Quién es el alimentante o deudor de la pensión?

Por un lado, el alimentante o deudor de la pensión es quien tiene que pagar la pensión. Generalmente, el alimentante suele ser la persona que no tiene la custodia de los hijos porque se da por hecho que el progenitor, que sí que tiene la custodia, ya está asumiendo ciertos gastos diarios.

¿Cuáles son los gastos en la pensión alimenticia?

¿Cuáles son los gastos en la pensión alimenticia? Existen dos tipos de gastos, los ordinarios y los extraordinarios. Los gastos ordinarios son los previsibles, periódicos y necesarios para el sustento de los hijos ( alimentación, vivienda digna, asistencia médica, gastos escolares, etc. ).