Pautas

Que funcion tienen los juzgados de paz?

¿Qué función tienen los juzgados de paz?

Los Juzgados de Paz conocerán, en el orden civil, de la sustanciación en primera instancia, fallo y ejecución de los procesos que la ley determine y cumplirán también las demás funciones que la ley les atribuya.

¿Cuáles son los diferentes tipos de tribunales?

Tipos de tribunal

  • Ordinarios: Trabajan sobre los asuntos bajo su jurisdicción, cualquiera que sea su naturaleza o sus partícipes.
  • Especiales: Son constituidos para tratar temas específicos o la resolución de un caso particular.
  • Arbitrales: Son dirigidos no por jueces, sino por árbitros.

¿Qué son los juzgados de paz?

El Juzgado de Paz es el órgano de la Administración de Justicia al que puede acudir cualquier ciudadano en todos aquellos municipios en el que no existe ningún otro órgano judicial.

¿Dónde se regulan los juzgados de paz?

Su regulación se encuentra en los arts. 99 y 100 LOPJ, en el Reglamento 3/1995, de 7 de junio y en el art. 51 L 38/1988, de demarcación y planta judicial. Son Juzgados servidos por personas legas en derecho.

¿Cuáles son los tribunales?

De manera tal que, dependiendo de la forma de constitución que éstos tengan se pueden encontrar los siguientes: Ordinarios: son los tribunales encargados de trabajar en asuntos que se encuentran bajo su jurisdicción, sin importar la naturaleza o los participantes.

¿Cuáles son los miembros del Tribunal Constitucional?

El Tribunal Constitucional se compone de 12 miembros nombrados por el Rey: de ellos, cuatro a propuesta del Congreso por mayoría de tres quintos de sus miembros; cuatro a propuesta del Senado, con idéntica mayoría; dos a propuesta del Gobierno y dos a propuesta del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

¿Qué es el funcionamiento del Tribunal Constitucional?

Todo lo relativo al funcionamiento del Tribunal Constitucional, al estatuto de sus miembros, al procedimiento ante él mismo y a las condiciones para el ejercicio de las acciones está regulado por Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional.

¿Qué son los tribunales de competencia común o mixta?

Tribunales de competencia común o mixta: son aquellos tribunales que tienen la capacidad de responder ante cualquier tipo de materia incluyendo casos que conciernen a delitos cometidos por menores de edad. Especiales: son tribunales que se encargan de temas más específicos.