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Que puedo desgravar en mi empresa?

¿Qué puedo desgravar en mi empresa?

15 gastos que puedes deducirte como autónomo o empresa

  1. Material de oficina. Todo el material que sea necesario para llevar a cabo tu actividad (libretas, bolígrafos, carpetas…)
  2. Gasolina. El tema de la gasolina es especial.
  3. Dietas.
  4. Ordenador.
  5. Coche.
  6. Transporte.
  7. Móvil para el trabajo.
  8. La factura del móvil.

¿Cómo desgravar el IVA de un móvil?

Cómo desgravar la compra del teléfono móvil como autónomo:

  1. si la compra del móvil es superior a 3.005,06 euros, IVA no incluido, se considera bien de inversión en concepto de IVA.
  2. si la compra del teléfono es mayor a 300 euros, podrás desgravarlo en concepto de IRPF, también como un bien de inversión.

¿Cuánto es el IVA de un teléfono móvil?

✓ IVA 21% a los siguientes conceptos: o Cuotas y consumos de los servicios de Telefonía Fija, Móvil, Banda Ancha, Internet y Televisión Digital.

¿Quién puede deducir los gastos relacionados con los empleados?

Las empresas pueden deducir los gastos relacionados con los empleados, tales como beneficios de salud y salarios. Los pagos distribuidos en bonificaciones, premios, licencias por enfermedad, vacaciones y pagos de matrícula también son deducibles de impuestos.

¿Cuáles son los gastos deducibles?

Eso dependerá de la legislación aplicable. No obstante, uno de los criterios más extendidos es que son deducibles todos aquellos gastos sin los cuales sería imposible generar dichos ingresos. Es decir, si los gastos están afectos a la actividad. Me a quedado todo claro de los gastos deducibles gracias por esa información.

¿Cuáles son los gastos de la empresa?

Puede utilizarse, con carácter orientativo, la siguiente relación de gastos: Consumos de explotación. Sueldos y salarios. Seguridad Social a cargo de la empresa (incluidas las cotizaciones del titular) Otros gastos del personal.

¿Cómo puedo deducir el gasto en sí?

Hacienda permite deducirlo de dos formas: Una, por el Iva que tiene ese gasto y que lo incluirás en la declaración trimestral de ese impuesto. Y otra, por el gasto en sí y que se incluye cuando haces la Declaración de la Renta. ¿Hasta aquí, sí? ¿Piloto, eh?