Quien es el promotor y el contratista en una obra?
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¿Quién es el promotor y el contratista en una obra?
Contratista: la persona física o jurídica que asume contractualmente ante el promotor, con medios humanos y materiales, propios o ajenos, el compromiso de ejecutar la totalidad o parte de las obras con sujeción al proyecto y al contrato.
¿Qué es un subcontrato en construcción?
Un subcontratista es contratado por el contratista principal o por el dueño del proyecto para completar cierta tarea. Cuando la tarea asignada está terminada, el subcontratista finiquita su tarea , puede continuar entonces con otra asignación de tarea.
¿Quién es el promotor de la obra?
Adm. Persona que, individual o colectivamente, decide, impulsa, programa y financia, con recursos propios o ajenos, las obras de edificación para sí o para su posterior enajenación, entrega o cesión a terceros bajo cualquier título.
¿Quién es el promotor de un proyecto?
El promotor es aquella persona natural o jurídica cuyo negocio es la promoción o difusión de un proyecto o de productos en venta. Esto, usualmente con el fin de conseguir un retorno, pudiendo encargarse de obtener el financiamiento y de designar a quienes gestionarán el proyecto.
¿Qué es subcontratación de mano de obra?
La subcontratación es aquel trabajo llevado a cabo para un empleador llamado contratista o subcontratista, que ejecuta obras o servicios por cuenta y riesgo propio para una empresa principal, dueña de la obra o faena.
¿Qué son los contratistas y subcontratistas de una obra de construcción?
Los contratistas y subcontratistas de una obra de construcción son empresas que desarrollan su actividad en el centro de trabajo (obra). Por lo tanto, están obligados, respecto a sus propios trabajadores al cumplimiento de todas las exigencias que se derivan del deber de protección en la forma establecida en el artículo 14 de la ley 31/1995 .
¿Cuál es el régimen de subcontratación en la construcción?
Con carácter general, el régimen de la subcontratación en el sector de la construcción será el siguiente: No se admitirán más de 3 niveles de subcontratación, (Ejem): PromotorÆ ContratistaÆ Subcontratista 1Æ Subcontratista 2Æ Subcontratista 3 La subcontratación se podrá utilizar en un nivel adicional en determinados supuestos
¿Cómo estarán obligados los contratistas y subcontratistas?
Por lo tanto, están obligados, respecto a sus propios trabajadores al cumplimiento de todas las exigencias que se derivan del deber de protección en la forma establecida en el artículo 14 de la ley 31/1995 . 1. Los contratistas y subcontratistas estarán obligados a:
¿Qué documentación debe tener el subcontratista?
DOCUMENTACIÓN QUE DEBE TENER EL SUBCONTRATISTA O QUE DEBERÁ EXIGIR EL CONTRATISTA AL SUBCONTRATISTA: – Certificado de estar al corriente de las obligaciones Tributarias. – Certificado de estar al corriente en Seguridad Social. – Copia de la Evaluación de Riesgos Laborales.